sábado, 25 de agosto de 2018

LA ÉTICA PROFESIONAL Y EL QUEHACER PROFESIONAL

Debemos establecer una ética personal que separe lo negociable de lo no negociable,
el punto de no retorno.        Walter Riso



     Ayer, hoy y mañana el tema de la ética estará siempre como tema de actualidad; aunque no sea la protagonista de grandes titulares, ni sea tendencia de moda para los más jóvenes, es algo que está presente como parte del subconsciente social, está en el diario vivir de una colectividad activa y en constante avance.
     En efecto, la ética forma parte de una cultura social; pero que, no deja de estar en discusión si se aplica correctamente o no se aplica; más aún, el considerar lo que es ético o no, sobre todo en lo referido al campo profesional; como por ejemplo, en la rama médica y en las especialidades que tiene que ver directa o indirectamente con la vida humana.
     Ahora bien, es indudable que, todas las actividades profesionales, están influenciadas de alguna manera por la ética y en este sentido Jaquelin Lira Valle (2009), nos recuerda que, “la ética no es el conjunto de normas, ni tratados, ni leyes que obligatoriamente debamos acatar y cumplir”, sino que, “es una orientación armónica que nos va a ayudar a vivir la vida”, sin importar la actividad que se realice (Párr.3).
     De igual forma, se puede encontrar que la tendencia actual es la de “obrar según ciencia y conciencia”; lo cual es un principio universal, que se entiende humanista y aplicable a situaciones concretas y de responsabilidad profesional, especialmente aplicable a profesiones de contacto humano, pero que en el caso de la educación es determinante y además debe adecuarse a las exigencias actuales de este campo.
     Ahora bien, el desempeño profesional no es más que el producto de la adquisición de conocimientos adecuados para ejecutar una actividad de manera exitosa; la cual, necesariamente debe ser realizada de manera consciente y adecuándose a las necesidades sociales actuales, con una clara conciencia profesional y social.
     En este sentido, resulta imprescindible en la actualidad, esta conciencia profesional junto a lo social; colocados como eslabones de la ética profesional e incluso de la ética en general; específicamente, en lo que nos atañe, que es el área educativa; de manera de poder actuar con la mayor empatía con esos estudiantes a quienes en definitiva va dirigida la labor profesional; y no esta demás en el camino, el tratar de ser fuente de inspiración o ser ejemplo de vida y superación personal pero de manera consiente.
     Además, la consciencia profesional implica una responsabilidad de lo que se hace, por lo que se dice, de como se dice u opina sobre lo que se conoce o no y aquí están sobrentendidos los valores y códigos de la profesión, que se hacen personales, según se apliquen sin esfuerzo mientras se está ejerciendo.
     En este sentido, se puede afirmar que todas “nuestras acciones en la vida van a ser influenciadas por la ética” y es que la ética es la que “establece una conducta a seguir ante los hechos que cotidianamente se presentan” y los que por supuesto se presentaran a futuro, según lo señalado por Lira Valle (2009. Párr.4).
     De manera que, en educación la ética es parte de la concientización profesional; entendiendo que cuando se habla de educación se habla desde la docencia termino que proviene del latín docere ‘enseñar’ y donde el profesional que desempeña la función de la enseñanza es un docente o profesor.
     Pero, este docente quien asume la responsabilidad de transmitir un conocimiento o servir de guía en la búsqueda y comprensión de una información determinada; es también responsable de ir más allá y  tiene en sus manos el poder de formar en valores, con moral y por supuesto sujetos a la ética profesional.  
     Ahora bien, es necesario entender que “las normas éticas o los códigos morales estén también determinados por la naturaleza humana” y que estos; “códigos o normas morales concretas pueden originarse en una convención social, en un acuerdo, en la elección libre de los individuos”, según lo señala Marlasca Antonio (s.f.); puesto que, estas, normas están dirigidas, por el o los hombres, para sí mismo o para ellos mismos (Pág. 2), de manera de lograr una convivencia armónica, entre lo que se enseña y quien lo está enseñando.
     En este sentido, cuando el docente es plenamente consciente de su trabajo y de la labor que realiza es capaz de avanzar con la convicción de quien forma personas que respetan la coexistencia de los otros e incluso; del valor de su propia existencia.
     Ahora bien, según indican Angulo Nerkis y Acuña Iraima (2005) “el término ética se utiliza con frecuencia en nuestro medio” pero ellos señalan que, “mucha gente no conoce bien de lo que se trata” en sí, la ética profesional y por eso agregan, que, “para realizar favorablemente esta labor, tenemos que conocer qué es la ética y cómo debe ser nuestro comportamiento como asesores académicos”, (Pág. 2), el cual debe ir más allá de los espacios destinados para tal fin.
     Es por esto que, González (1997), mencionado por Angulo N. y Acuña I. (2005) señala que "la ética de un profesional no se adquiere en la práctica de la profesión, sino que se gesta desde la formación profesional" y “es aquí [en la formación profesional] donde los docentes debemos actuar”, según lo señalan los mismos autores (Pág. 2).
      Ciertamente, que “la ética se consolida en el momento en que los seres humanos internalizan las normas, de tal modo que no sea preciso ningún tipo de presión exógena para su cumplimiento”, que esta pueda fluir de manera natural, ser parte de los acontecimientos cotidianos; según lo señalado por Angulo N. y Acuña I. (2005. Pág. 2).
     Ahora bien, “términos como bueno, responsable, justicia, igualdad y virtud son aclarados por la ética en función del contexto donde sean formulados” e incluso de acuerdo a la época a la cual se refiere dicho término, y los cuales deben ser trasmitidos, enseñados, vivenciados desde la práctica misma y esto no “significa que no hay una ética para todo espacio y tiempo” y tampoco desmiente que “haya principios éticos presuntamente universales”, que se deben mantener, según lo indican Angulo y Acuña (2005. Pág. 3).
     Asimismo, Angulo y Acuña (2005), indican que “como se refiere al ser humano, la ética trata con elementos intelectuales y afectivos por lo que constituye una orientación para razonar sobre el remordimiento y el arrepentimiento” y que además, está “debe centrarse en la racionalidad para el control de los instintos, para el uso común del espacio físico y los recursos materiales, para normar las relaciones entre los individuos y grupos humanos” y que además, añaden algo muy impórtate y es que “la ética descubre valores en todos los actos humanos”, (Pág. 4).
     De igual forma, Cardona Carlos. (s.f). señala que en todo momento “los centros docentes y los profesionales de la enseñanza tienen que realizar su misión educativa ‑y no simplemente instructiva e informativa‑ con los jóvenes de hoy” pero además agrega, que entiende “que aquel norte inteligente y efectivo para el quehacer educativo de hoy, está en el planteamiento ético de la tarea y del objetivo del educador” (Pág. 4).
     Es decir, para Cardona Carlos. (s.f) simplemente “se trata, (), de ayudar a los centros y a los profesores de enseñanza media ‑especialmente a ellos- a no perder de vista que su meta es la de formar hombres íntegros, personas: [y] por tanto, restituir a la norma ética su primacía! (Pág. 4) de manera, más inteligente; pero sin olvidar que la ética es más sistemática, cuando es más humana.
     Ya para terminar, Angulo y Acuña (2005) señalan  que según “se considera de suma importancia la toma de conciencia [profesional] en cuanto a que la vivencia de lo valores (la educación, la libertad, la dignidad)”, forman parte del quehacer educativo y que, “es auténticamente esencial para ayudar a los profesionales de la docencia a fundamentar con razones de carácter ético las decisiones que han de tomar”, (Pág. 9).



BIBLIOGRAFIA

Angulo Nerkis y Acuña Iraima. (2005). Ética del docente. Recuperado de:  
Cardona Carlos. (s.f). Ética del quehacer educativo. Recuperado de: 
Lira Valle, Jaquelin (2009). Ética. Recuperado de: 
Marlasca Antonio (s.f.). El origen de la ética: Las raíces evolutivas del fenómeno
     moral en F. J. Ayala. Recuperado de: 11Origen de la etica.pdf.





REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA

González (1997)

miércoles, 11 de julio de 2018

FUNDAMENTACION

“Tenemos que preparar a los estudiantes para su futuro, no para nuestro pasado” Ian Jukes


     Sobre la educación se ha escrito y se seguirá escribiendo por mucho tiempo; con un poco por aquí o mucho por allá a favor o en contra; pero donde las diferentes posiciones se encuentran sin discusión, es que sin duda la base del progreso y una vida de calidad.es a través de la educación.
     Ciertamente, que con la palabra educación; también llegan términos como inclusión, equidad, calidad, progreso, oportunidades, etc.; igualmente se añade un término que si bien no es nuevo, sigue siendo novedoso de muchas maneras y es la palabra tecnología.
     De manera que, en esta oportunidad la representación de la palabra tecnología asociada a la educación, va a hacer un simple referente para dar paso a las TICs que no son más que la abreviación de ‘Tecnologías de la Información y de la Comunicación.
     Ahora bien, para encontrar la utilidad real de las TICs en la situación actual de Venezuela, se debe tener presente el entorno educativo, en el cual se va a poner en práctica el uso de estas tecnologías; por ello, es importante adentrarse en la realidad social, sus necesidades y esto es posible mediante la investigación; Monje, Carlos Álvaro (2011) señala que, “existen diferentes caminos para indagar la realidad social” y que esta “se puede abordar desde dos paradigmas o alternativas metodológicas” (Pág. 11).
     Es decir, según Monje, C. (2011) estos paradigmas o alternativas de investigación son “cuantitativa y cualitativa [donde] cada una tiene su propia fundamentación epistemológica, diseños metodológicos, técnicas e instrumentos acordes con la naturaleza de los objetos de estudio, las situaciones sociales y las preguntas que se plantean los investigadores” (Pág. 11).
     Por tal motivo, como propuesta de investigación se está presentando, el Uso de la Tecnología de la Información y Comunicación (TIC) como herramienta en la enseñanza/aprendizaje en tiempo de crisis por alumnos del Instituto Universitario de Tecnología Industrial IUTI-Maracay; en donde los docentes puedan encontrar la posibilidad de mejorar sus prácticas de aula, creando entornos de aprendizajes más dinámicos e interactivos que puedan complementar el proceso de enseñanza y aprendizaje de estos estudiantes, facilitando el trabajo en equipo y el cultivo de actitudes sociales, comunicativas y tecnológicas.
     Sin embargo, para la realización de este trabajo que requiere acercarse a la actualidad con dificultades y expectativas diferentes; es necesario más de un enfoque y según señalan Del Canto y Silva, (2013), “en el campo de las ciencias sociales donde la realidad es cambiante e incierta, producto del contexto complejo en la cual se encuentra inmersa, surge el enfoque mixto cuali-cuantitativo” este permite que “el investigador pueda acercarse a su objeto de estudio y obtener el conocimiento requerido de la realidad social, según sus necesidades y expectativas; ciertamente, “este enfoque tiene su sustento filosófico y metodológico en el pragmatismo, el cual se basa en utilizar el método más apropiado para un estudio específico” (Pág. 3).
     También, señalan Del Canto y Silva, (2013), que “el acercamiento a la realidad requiere por parte del investigador, utilizar e integrar diferentes métodos en el campo cuantitativo y cualitativo en forma dinámica y cambiante” de manera que se puedan aprovechar “las fortalezas que pueda tener cada uno, con el propósito de mejorar su capacidad de conocer, analizar e interpretar la realidad social” ya que “la realidad misma es múltiple y por lo tanto, múltiples deben ser los enfoques para abordarlas; por lo que resulta innecesaria la dicotomía entre métodos, destacando que el empleo de un método no excluye la posibilidad de usar otro cuando sea necesario” (Pág. 10).
     Además, con todos los avances investigativos se sabe que “en la actualidad existe un creciente interés en buscar la compatibilidad y complementariedad entre las dos tendencias; según lo señala Medina (2001), citado por Del Canto y Silva, (2013. Pág.8).
     Ahora bien, “es importante destacar que los objetivos pueden cambiar una vez evidenciada la realidad y comparada con su percepción de la misma, en lo cual la aplicación asertiva de métodos basados en la complementariedad, tendrá un rol determinante en la construcción del conocimiento” según lo señalado por Del Canto y Silva, (2013, Pág. 10).
     Entonces, para esta investigación se tiene que el objetivo general es: Usar la Tecnología de la Información y Comunicación (TIC) como herramienta en la enseñanza/aprendizaje de los alumnos del Instituto Universitario de Tecnología Industrial IUTI-Maracay, donde la clave está en el verbo “Usar”, no es investigar, conocer, describir, etc.; sino el de poner en práctica esa tecnología que ya está y que si bien, no esta, tan al alcance de la mano, se puede hacer un mejor uso de ella y con mayor efectividad.
      También, la investigación se apoya por dos objetivos específicos como son: en primer lugar el Determinar la necesidad del uso de la tecnología, el cual es un objetivo básico y luego, el objetivo más importante como es el Preparar a los docentes para el uso de la tecnología, ya que los docentes pueden mejorar la información que quieren hacer llegar a sus alumnos.
     Pero, para continuar es necesario encontrar respuesta a la pregunta de si ¿Es posible el uso de las TICs como herramientas de enseñanza/aprendizaje?, tomando en cuenta que es una Institución educativa; que de diferentes formas y por diversas razones se ha mantenido al margen de la tecnología para la enseñanza y en este caso, definitivamente, la respuesta es afirmativa e inmediatamente necesaria.
     Ya que, en la actualidad el IUTI como Instituto Educativo, además de ser `Tecnológico` se encuentra en la imperiosa necesidad de ampliar los horizontes formativos, pues está perdiendo el grueso de su población, que son los estudiantes jóvenes adultos con turnos de trabajo diurno, esta ampliación debe realizarse con espacios sin fronteras limitantes, ni estrictamente ajustados al paso del reloj y que permitan a los alumnos integrarse y dejar huellas al mejorar el mundo que los rodea.
     En este sentido, existe una compromiso con la educación; al acual “impone () a las instituciones educativas la responsabilidad de atender a este nuevo orden” de aprendizaje/enseñanza “ya que la sociedad de hoy les exige () a todos los estudiantes poseer una cultura básica, ser capaces de ampliar su aprendizaje” y además de esto, “tener igualdad de oportunidades para aprender y ser ciudadanos bien informados capaces de entender las cuestiones propias de una sociedad que avanza hacia la tecnología” según lo señala Vence Pájaro, Luisa Mercedes (s.f. Pág. 4).
     De manera que, el propósito de esta investigación, no es la de innovar o presentar propuestas inviables, sino más bien activar los recursos existentes, motivar a  los docentes a prepararse para el futuro que ya llegó y de esta manera dar un paso fuera de las aulas levantando a sus educandos de los tradicionales pupitres, para descubrir nuevas maneras de formarse pese a las dificultades.
     Ciertamente, se hace necesario que los docentes se mantengan actualizados y dispuestos a cerrar las distancias que nos separan de una educación de vanguardia, una educación que sea capaz de generar ofertas en los tiempos difíciles porque entonces ¿para qué sirve la educación? y como señala Vence, L (s.f.), se hace necesario “entender que la educación no es más que la inmersión del conocimiento en el mundo cotidiano” (Pág. 4).
     Ahora bien, “para que la educación responda a las necesidades actuales y del futuro, deben dar cabida a las herramientas tecnológicas y hacer grandes esfuerzos para buscar la mejor manera de utilizarlas” pues la información está, así que es necesario hacer estos grandes esfuerzos por hacerla llegar a quienes más lo necesitan; “además, deben generar en el educando y en su comunidad cambios que mejoren la calidad de la educación, en una concepción del desarrollo humano que satisfaga las necesidades de las generaciones futuras” según lo señala Vence, Luisa (s.f. Pág. 4).
     Finalmente, “a medida que el estudiante se aleja más de las formas tradicionales de enseñanza” como las presenciales, “y se sumerge en las actividades donde la presencia ligada no es el elemento más significativo, aumenta su grado de autonomía ante el aprendizaje”; de este modo, a nivel de enseñanza/aprendizaje “sus dudas, sus errores, deben ser resueltos a partir del estudio de otros materiales o de la discusión en foros o chat, donde se requiere, además, la objetividad y precisión de su planteamiento” según lo señala Vence, L (s.f. Pág. 4).



BIBLIOGRAFÍA


PUBLICACIONES EN LINEA

Del Canto, E. y Silva, A. (2013). Metodología cuantitativa: abordaje desde la
      complementariedad en Ciencias Sociales. Revista de Ciencias Sociales vol.
     III, núm. 141, pp. 25-34. Universidad de Costa Rica, San José, Costa Rica.
Hernández, R., Fernández, C. Y Baptista, P. (2014). Metodología De La
      Investigación. Sexta Edición. México: Mc Graw Hill. Disponible en
Monje, Carlos. (2011). Metodología de la Investigación Cuantitativa y
     Cualitativa. Guía Didáctica. Universidad Surcolombiana. Facultad de Ciencias
     Sociales y Humanas. Disponible en:  
Normas APA. (2017 julio).  Normas APA 2017 – 6ta (sexta) edición. Recuperado        
        de: postgradocla.milaulas.com
Vence Pájaro, Luisa Mercedes (s.f.). Uso pedagógico de las TIC para el  
       fortalecimiento de estrategias didácticas del programa todos a
      aprender. Recuperado de https://www.mineducacion.gov.co/cvn/1665/ 



REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS


Medina (2001),

PLANIFICACIÓN INSTRUCCIONAL Y MODELOS DE DISEÑOS INSTRUCCIONALES

Una gran cantidad de aprendizaje puede encajarse en una cabeza vacía.
 Karl Kraus

     Por lo general cuando se va a dar inicio a un escrito o ensayo, salta la duda de como comenzarlo; pero en este caso el epígrafe de Karl Kraus, da pie al contenido del tema a tratar; el cual, está relacionado directamente con la enseñanza; y es la planificación Instruccional, y los modelos de diseños instruccionales; puesto que, con una planificación apropiada y un diseño adecuado, el aprendizaje llegara más fácil no solo a las cabezas vacías sino a cualquiera que esté interesado en ello.
      Para ello, es necesario aclarar los conceptos del tema, de manera que se puede entender que es el diseño instruccional y conocer los diferentes diseños existentes; y según Escamilla, (1993) mencionado por González, Gustavo Mizzraim (2018), la planificación instruccional, vista “desde una perspectiva comprensiva, es la forma de planificación del proceso de enseñanza-aprendizaje”; pero, “tomando como base los contenidos significativos de la disciplina” los cuales son, “concebidos como ejes integradores (Párr. 1).
     Por su parte, González, Gustavo M. (2018); añade, que la planificación instruccional, “se centra principalmente en evaluar el diseño para verificar si su aplicación conduce, guía y facilita los procesos de enseñanza y aprendizaje”; esto, “con base a los criterios curriculares, didácticos y diagnósticos que generan el diseño y la necesidad educativa”, los cuales no se pueden separar, ya que forman parte de un todo. (Párr. 3).
     Si bien, son muchas las definiciones que existen al respecto; un par de ellas se destacan, como la de Richey, Fields y Foson (2001) mencionados por Belloch Consuelo (2018) la cual; “supone una planificación instruccional sistemática que incluye la valoración de necesidades, el desarrollo, la evaluación, la implementación y el mantenimiento de materiales y programas”; esta definición, en si misma; es bastante amplia en su contenido y en los pasos que se deben dar; desde que se inicia con una correcta planificación, hasta llegar al mantenimiento que se debe tener, sobre los materiales y programas usados para ello. (Pág. 2).
     Asimismo, la definición que ofrece Bruner (1969), también mencionado por Belloch C. (2018); señala que esta “se ocupa de la planeación, la preparación y el diseño de los recursos y ambientes necesarios para que se lleve a cabo el aprendizaje”; está, aunque es una definición mucho más sencilla, no por ello deja de ser muy clara y fácil de manejar (Pág. 2).
     Ahora bien, estas definiciones descansan sobre modelos de diseños instruccionales y según señala Belloch C. (2018) “los modelos de diseño instruccional se fundamentan y planifican en la teoría de aprendizaje que se asumía en cada momento” de la historia (Pág. 2);  por lo cual, se distinguen cuatro generaciones de diseños instruccionales; como el conductismo en los años`60, la teoría de los sistemas en los `70; la teoría cognitiva una década después y finalmente el diseño de cuarta generación en la década de los noventa.
     En cuanto, a la primera generación, que es la de los sesenta; va a representar “una causalidad unidireccional,  de utilidad efectiva y centrada en los objetivos. Son diseños instruccionales fundamentados en la teoría instruccional conductista. El aprendizaje esperado es de tipo secuencial, paso a paso” según lo destaca Iglemia Daniel (2011. Párr. 63).
     En cuanto al diseño de segunda generación el de los años `70; Iglemia Daniel (2011), señala que “tiene su fundamento en los diseños instruccionales como macro­procesos, es decir, en sistemas más abiertos, en donde se toman en cuenta aspectos internos y externos de la instrucción”; las cuales cuentan, “con prescripciones pedagógicas para seleccionar estrategias instruccionales y secuencias transaccionales, que permitan una mayor participación cognitiva por parte del estudiante” (Párr. 67).
     Asimismo, señala  Iglemia Daniel (2011) que la tercera generación, la de los años ochenta, es de “estrategias [que] han de ser heurísticas” y “los contenidos pueden ser planteados como tácitos”; así como, “los conocimientos pueden ser de tipo conceptual, factual y procedimental”; por supuesto, estos “basados en la práctica y la resolución de problemas”, (Párr. 72).
     Finalmente, está la generación de los noventa; que, “se caracterizan por sustentarse en las teorías constructivistas, la del caos y  la de los sistemas”; que “da como resultado un modelo heurístico”; el cual, “tiende a que el diseñador descubra la combinación de materiales y actividades de enseñanza que orientan al alumno a darse cuenta del valor del descubrimiento para futuros aprendizajes”; según lo indica Iglemia Daniel (2011. Párr. 78).
     Ahora bien, la mejor manera de entender la definición de modelo, es la que presenta Jardines Garza Francisco Javier (2011); cuando señala que, “un modelo es una representación sencilla de muchas formas, procesos y funciones complejas de fenómenos físicos o ideas”; además agrega que, “los modelos por necesidad simplifican la realidad porque a menudo la realidad es compleja para interpretarla” y también añade, que “los modelos ayudan a especificar e identificar lo que es genérico y aplicable a través de los múltiples contextos” (Pág. 4).
     Ciertamente, los modelos “varían ampliamente en el propósito, la cantidad de detalles, el grado de alineamiento, así como en cantidad, calidad y utilidad de las herramientas operacionales que lo acompañan” y claro que, “no existe un modelo útil para todos los contextos y propósitos”; por ello, “es importante identificar el centro de un modelo de instrucción y el contexto en el que se va aplicar” según lo indica  Jardines Garza Francisco J. (2011. Pág. 7).
     Pero, “el ubicar un modelo en una clase particular no debe ser interpretada como si consideráramos que se puede utilizar el modelo en ese contexto”; aunque, “clasificar modelos tiene la ventaja de exponer sus características al análisis” y por tanto, eso “ayuda a seleccionar al más apropiado en una situación dada” según lo señalado por Jardines G. Francisco J. (2011. Pág. 11).
     Así mismo, se puede señalar la taxonomía de modelos instruccionales presentada de Jardines G. (2011); la cual, se basa en características seleccionadas: como la orientación al salón de clase, la orientación al producto o la orientación al sistema.
     En el caso de, los modelos de instrucción orientados al salón de clase, estos “son de interés para maestros que aceptan que su rol es enseñar y que los estudiantes requieren alguna forma de instrucción”; este modelo es utilizado por, “maestros de primaria, de secundaria, instructores de escuelas vocacionales y maestros universitarios” y son considerados “como un mapa general del camino a seguir, quedando fuera de esta línea solo algunas funciones”; algunos representantes de este modelo son Gerlach y Ely (1980); Heinich, Molenda, Russell y Smaldino (1999); Newby, Stepich, Lehman y Russell (2000); y Morrison, Ross y Kemp (2001): según lo indica Jardines F (2011. Pág. 11).
   En cuanto, a los modelos de diseños orientados al producto, se puede decir que se caracterizan por cuatro supuestos: primero “el producto instruccional es necesario”; segundo que, “un material necesita ser producido, seleccionado o modificado de los materiales ya existentes”; tercero, en este modelo “se hace énfasis especial en la prueba y la revisión” y para terminar con el cuarto supuesto, “el producto debe ser usado por los estudiantes, los encargados o facilitadores; pero, no por los profesores”; en este modelo, se pueden encontrar como representantes a: Bergman y Moore (1990), De Hoog, De Jong y De Vries (1994), Bates (1995), Nieveen (1997), y Seels y Glasgow (1998) según lo señalado por Jardines F (2011. Pág. 16).
    De igual forma, están los modelos orientados a sistemas; que “típicamente asumen una gran cantidad de instrucciones, tales como un curso completo o currículo completo, que serán desarrollados con recursos substanciales y se hacen para un equipo de altos desarrolladores entrenados”; donde, “la cantidad de análisis de inicio a fin es usualmente alto, así como la cantidad de pruebas y revisión”; además, aquí “la difusión es usualmente amplia, y la entrega no la realiza generalmente el equipo que hizo el desarrollo” y estos, “usualmente empiezan con la fase de recolección de información para determinar la viabilidad y conveniencia de desarrollar una solución instruccional a un ‘problema’”; aquí se pueden encontrar como representantes a (Branson, 1975), Gentry (1994), Dorsey, Goodrum y Schwen (1997), Diamond (1989), Smith y Ragan (1999), y Dick, Carey y Carey (2001) (Pág. 20/21).
     Para concluir, “las nuevas tendencias en el diseño de aprendizaje plantean que el profesor o diseñador debe producir programas y materiales de naturaleza mucho más facilitadora que prescriptiva”; según lo indica Guàrdia, L. (2005) mencionado por Góngora Parra, Yisell; Martínez Leyet, Olga Lidia (2012) y finalmente “el desarrollo de nuevos modelos de diseño de aprendizaje exige un preciso control de calidad, lo que implica un riguroso trabajo de evaluación y colaboración”, según lo indican Góngora Parra, et al (2012. Pág. 13).
BIBLIOGRAFIA

Belloch Consuelo (2018). Diseño Instruccional. Tomado de:  
Iglemia Daniel (2011). Modelo de Diseño Instruccional Tomado de: 
Jardines Garza Francisco Javier (2011). Revisión de los principales modelos de  
     diseño instruccional. Tomado de:  
Góngora Parra, Yisell; Martínez Leyet, Olga Lidia (2012). Del diseño
     instruccional al diseño de aprendizaje con aplicación de las tecnologías. 
Gustavo Mizzraim González. (2018). Planificación instruccional, el diseño  
     instruccional y la evaluación del diseño. Tomado de: http://gustavogonzalez-



REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

Bruner                               (1969)
Escamilla,                         (1993)
Guàrdia, L.                        (2005)
Karl Kraus
Richey, Fields y Foson     (2001)


domingo, 29 de abril de 2018

BASAMENTO JURÍDICO Y ORGANIZACIONAL DE LA PLANIFICACIÓN DE LA EDUCACIÓN

El hombre que se prepara, tiene media batalla ganada.
Miguel de Cervantes


     Cuando se habla de educación cada uno tienen una posición, una postura o una opinión sobre el tema; se opina libremente de lo que se hace hoy día y lo que se enseña en las escuelas; también, saltan por aquí y por allá opiniones con alabanzas o críticas sobre lo que se hizo o no en el pasado; pero, en este mundo de opiniones se destacan sobre todo aquellas que señalan lo que se tiene que hacer en función de mejorar la calidad educativa.
     Ahora bien, al hablar sobre la educación se debe ir más allá de opiniones personales o de grupos, pues para la sociedad, la educación es el medio de transmitir información y al mismo tiempo, renovar la cultura y el acervo nacional con los conocimientos y valores que la sustentan y de la cual se debe extraer las máximas posibilidades de lo que son sus fuentes de riqueza, para fomentar la convivencia democrática y por supuesto el respeto a las diferencias individuales tan necesarias hoy día.
     En este sentido, la educación que se va a transmitir debe promover la solidaridad que se necesita para evitar entre otras cosas la discriminación, donde el objetivo básico de la enseñanza es el de lograr la necesaria cohesión social; siempre teniendo en cuenta que una buena educación como recurso, es la riqueza más valiosa y el bien más apetecible de un país y de los ciudadanos que en el viven.
     En la actualidad, las sociedades le conceden una importancia muy grande a la educación que reciben sus niños y jóvenes, ya que están convencido que de ello dependen tanto el bienestar de manera individual como el colectivo, de una sociedad que espera avanzar de manera positiva; así que la educación se convierte en el medio más adecuado para garantizar este ejercicio de ciudadanía que se hace democrático, responsable y libre, el cual resulta indispensable para la constitución de sociedades avanzadas, dinámicas y utópicamente justas.
     De manera que, se crean leyes, normas, regulaciones y todo aquello que permita realizar (o intentar) este proceso con un marco de justicia para todos y es por ello, que en las actividades previstas por la asignatura de Planificación Educativa se requiere que el estudiante revise, conozca, aprenda y por supuesto analice de manera consciente la planificación publica que rige actualmente la Nación venezolana; entendiendo esta como una acción que utiliza procedimientos de racionalidad y de organización.
     Para ello, se realizará un recorrido por lecturas como la Reforma de la Ley orgánica de planificación Pública y Popular, la  Ley de reforma parcial de la ley de los consejos locales de planificación y la Ley orgánica del consejo federal de gobierno, o los Reglamento de la ley orgánica del consejo federal de gobierno, las cuales permiten introducir acciones articuladas y previstas anticipadamente.
     Ahora bien, La República de Venezuela en fecha 30 de diciembre de 1958 institucionalizo La Planificación Pública mediante la creación de la Oficina Central de Coordinación y Planificación (Decreto de Ley 492) como una labor de análisis, proyección y formulación de metas generales; más tarde en la Enmienda Nº2 de la Constitución de 1961, realizada en 1983; esta, obligaba al Ejecutivo Nacional a presentarle al Congreso Nacional las líneas del plan de desarrollo económico y social de la Nación y además exigía que estas cumplieran a cabalidad con la Ley Orgánica de Planificación.
     Pero, en vista de que, dicha ley no fue aprobada, ni fue promulgada; el 2 de febrero de 1999 el Gobierno Bolivariano, asume la planificación como alta política de Estado, mediante la creación del Ministerio de Planificación y Desarrollo, reafirmando así la importancia de la planificación y desarrollo como función fundamental del estado.
     Además, de asumir esta planificación como alta política de estado, el Gobierno estableció en este proceso, los mecanismos institucionales del Estado, para lograr los recursos y acciones públicas que puedan permitir encaminar el progreso del país y que de igual manera se pueda encauzar hacia los fines y objetivos políticos, económicos, sociales y culturales sustentados en la Carta Magna, en este sentido los artículos 166 y 186, indican la creación del Consejo de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas y quienes lo conforman; así mismo, en el Artículo 185, el Consejo Federal de Gobierno señala que es el órgano encargado de la planificación y coordinación de políticas y acciones para el desarrollo del proceso de descentralización y transferencia de competencias del Poder Nacional a los Estados y Municipios
ARTÍCULO 166: En cada Estado se creará un Consejo de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas, presidido por el Gobernador o Gobernadora e integrado por los Alcaldes o Alcaldesas, los directores o directoras estadales de los ministerios; y una representación de los legisladores elegidos o legisladoras elegidas por el Estado a la Asamblea Nacional, del Consejo Legislativo, de los concejales o concejalas y de las comunidades organizadas, incluyendo las indígenas donde las hubiere. El mismo funcionará y se organizará de acuerdo con lo que determine la ley.
ARTICULO 182  Se crea el Consejo Local de Planificación Pública, presidido por el Alcalde o Alcaldesa e integrado por los concejales y concejalas, los Presidentes o Presidentas de las juntas parroquiales y representantes de organizaciones vecinales y otras de la sociedad organizada, de conformidad con las disposiciones que establezca la ley.
ARTICULO 185 El Consejo Federal de Gobierno es el órgano encargado de la planificación y coordinación de políticas y acciones para el desarrollo del proceso de descentralización y transferencia de competencias del Poder Nacional a los Estados y Municipios [y continúa]
     De la misma forma el artículo 299 de la Constitución de la República (Título VI, del Sistema Socioeconómico, Capítulo 1, del Régimen Socioeconómico y de la  función del Estado en la Economía) mediante mecanismos efectivos promueve la participación social, con la finalidad de asegurar una planificación estratégica, democrática participativa y con una consulta abierta. Por otra parte, el Artículo 323 establece que  este Consejo de Defensa de la Nación es el máximo órgano de consulta para la planificación y asesoramiento del Poder Público.
ARTICULO 299 El régimen socioeconómico de la República Bolivariana de Venezuela se fundamenta en los principios de justicia social, democracia, eficiencia, libre competencia, protección del ambiente, productividad y solidaridad, a los fines de asegurar el desarrollo humano integral y una existencia digna y provechosa para la colectividad. El Estado, conjuntamente con la iniciativa privada, promoverá el desarrollo armónico de la economía nacional con el fin de generar fuentes de trabajo, alto valor agregado nacional, elevar el nivel de vida de la población y fortalecer la soberanía económica del país, garantizando la seguridad jurídica, solidez, dinamismo, sustentabilidad, permanencia y equidad del crecimiento de la economía, para lograr una justa distribución de la riqueza mediante una planificación estratégica democrática, participativa y de consulta abierta.

ARTICULO 323  El Consejo de Defensa de la Nación es el máximo órgano de consulta para la planificación y asesoramiento del Poder Público en los asuntos relacionados con la defensa integral de la Nación, su soberanía y la integridad de su espacio geográfico. A tales efectos, le corresponde también establecer el concepto estratégico de la Nación. Presidido por el Presidente o Presidenta de la República, lo conforman, además, el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional, el Presidente o Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, el Presidente o Presidenta del Consejo Moral Republicano y los Ministros o Ministras de los sectores de la defensa, la seguridad interior, las relaciones exteriores y la planificación, y otros cuya participación se considere pertinente. La ley orgánica respectiva fijará su organización y atribuciones
     Más aún, este conjunto de leyes forman uno de los pilares del poder Popular encontrando sustento constitucional en la actuación coordinada en todos los espacios de la gestión territorial; pues, está establece los principios y normas que sobre planificación rigen al poder popular, Municipal, Estadal y Nacional, así como los organismos y funcionamiento de los órganos encargados de la planificación y coordinación de políticas públicas.
     Ahora bien, el Sistema Nacional de Planificación se encuentra contemplado desde el artículo 1 de la Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular y en esta se establece el objeto de la misma, señalando que:

ARTÍCULO 1: La presente Ley tiene por objeto desarrollar y fortalecer el Poder Popular mediante el establecimiento de los principios y normas que sobre la planificación rigen a las ramas del Poder Público y las instancias del Poder Popular, así como la organización y funcionamiento de los órganos encargados de la planificación y coordinación de las políticas públicas, a fin de garantizar un sistema de planificación que tenga como propósito el empleo de los recursos públicos dirigidos a la consecución, coordinación y armonización de los planes, programas y proyectos para la transformación del país, a través de una justa distribución de la riqueza mediante una planificación estratégica, democrática, participativa y de consulta abierta, para la construcción de la sociedad socialista de justicia y equidad.
     De manera que, el Sistema Nacional de Planificación en Venezuela, en cada uno de sus niveles tiene como objetivo el contribuir a la optimización de los procesos de formulación, definición, ejecución y evaluación de las políticas públicas que permitan el óptimo aprovechamiento de los recursos públicos de manera de construir una sociedad socialista, con la justicia y la equidad necesaria para la transformación del país.
     En cuanto a la composición del sistema Nacional de planificación este está integrado por el Consejo Federal de Gobierno, los Consejos de Planificación y Coordinación de políticas Públicas de cada Estado, los Consejos Locales de planificación Publica de cada municipio. Los Consejos de Planificación Comunal y los Consejos Comunales. 
     Pero, conviene añadir que, la planificación, según señalan Liliana Correia P. y Pedro Enrique Peña G. (2014) “como actividad acordada, considerada y en dirección al logro de un fin, existe como noción intuitiva desde el principio de las llamadas grandes civilizaciones de la humanidad, permitiendo así contar con sociedades más organizadas” y que esta “se extiende de manera empírica en muchas situaciones cotidianas, y de manera formal en organismos que dependen de una programación adecuada y sistemática” pero posteriormente a lo planificado “se requiere la evaluación de los resultados y medición de impacto, no sin antes contar con el control social y el seguimiento de su trayectoria” (Pág. 9).
     Asimismo, Correia P. y Peña (2014), señalan que según “en el concepto de planificación, bajo entornos democráticos, subyace desde siempre la idea de la participación como parte de la cotidianidad del individuo” esto asumiendolo “como un conjunto de actividades voluntarias, donde se participa, mediante diversos mecanismos e instancias, en la concepción e instrumentación de diversas políticas, en este caso gubernamentales, que terminan por impactar su rutina” (Pág. 9).
     Por otra parte, en La Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular en el artículo 5, se puede encontrar una definición más clara sobre planificación la cual señala:

 ARTÍCULO 5: Planificación: Proceso de formulación de planes y proyectos con vista a su ejecución racional y sistemática, en el marco de un sistema orgánico nacional, que permita la coordinación, cooperación, seguimiento y evaluación de las acciones planificadas, de conformidad con el proyecto nacional plasmado en la Constitución de la República y en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.
     Se entiende que, la planificación es parte de la cotidianidad del individuo y que esta es concebida y asumida como una actividad de participación voluntaria, entonces, es fácil determinar que en la normativa constitucional, de un país que espera construir una sociedad socialista, con la justicia y la equidad necesaria para la transformación de su Nación, la Planificación se destaque, como un mandato constitucional.
     Para ello, la Ley Orgánica de Planificación Pública Popular, en su artículo 16, claramente describe a la Comisión Central de Planificación, como el órgano responsable de la evaluación de los lineamientos estratégicos, políticas y planes, de acuerdo a lo dispuesto en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación Venezolana.

ARTÍCULO 16:   La Comisión Central de Planificación es el órgano encargado de coordinar con las distintas instancias del Sistema Nacional de Planificación, para propiciar el seguimiento y evaluación de los lineamientos estratégicos, políticas y planes, atendiendo a lo dispuesto en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación
     De la misma forma, en ella se estipula que está contará con el apoyo del Ministerio  del Poder Popular para la Planificación; también para las actividades vinculadas a la coordinación, soporte técnico, metodológico y formación, así como, el sistema de seguimiento e indicadores del Sistema Nacional de Planificación.
     Es decir, la Comisión Central de Planificación, conjuntamente con el Ministerio del Poder Popular para la planificación, tiene que vincular y coordinar todas las actividades a realizar con los lineamientos estratégicos, de acuerdo a lo que está dispuesto en el Plan de la Nación.
     Por su parte, el Reglamento de la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno, en su Capítulo 1, de las Disposiciones generales, señala en el Artículo 3, todo lo referente sobre las definiciones y lo que se entiende por Proceso de Planificación: la “Función asignada, dentro del Sistema Nacional de Planificación, al Consejo Federal de Gobierno para establecer los Lineamientos en materia de descentralización entre las entidades político territoriales y hacia las organizaciones de base del Poder Popular, así como para el estudio, planificación y creación de los Distritos Motores de Desarrollo, a los fines impulsar la organización popular y el desarrollo de obras y servicios esenciales en las regiones y comunidades de menor desarrollo relativo. Las políticas de planificación e inversión del Consejo Federal de Gobierno en todo momento guardan relación y se ordenan con los lineamientos de política de la Comisión Central de Planificación.
          Asimismo, en el Capítulo II, Del Consejo Federal de Gobierno, en el Artículo 4 de la Función Planificadora del Consejo Federal de Gobierno este señala que:

ARTÍCULO 4: “El Consejo Federal de Gobierno tiene como función establecer los lineamientos en materia de descentralización entre las entidades político territoriales y hacia las organizaciones de base del Poder Popular, así como para el estudio, planificación y creación de los distintos Motores de Desarrollo, a los fines de apoyar especialmente la organización popular y el desarrollo de obras y servicios esenciales en las regiones y comunidades de menor desarrollo relativo, siempre enmarcado en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación”
     Es decir, el Consejo Federal de Gobierno no solo se encarga de establecer los lineamientos generales sino que especialmente se encarga de apoyar la organización popular, las obras y los servicios donde más se necesita. Esto es en las comunidades de menor desarrollo, pero siempre en función del desarrollo de la Nación.
     Ahora bien, entre los lineamientos del Consejo Federal de Gobierno el más importante, es el de apoyar las organizaciones populares, las obras y los servicios, en las comunidades que tienen menor desarrollo, que son a final de cuenta las que más lo necesitan.
     También, es importante destacar que la nomenclatura y el contenido del artículo 19 se modifica, por el artículo 20 de los recursos presupuestarios de la manera siguiente:

ARTÍCULO 20: Los Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas, tendrán como fuente de financiamiento los recursos que se le asignen en la Ley de Presupuesto del Estado, sin menoscabo de otras asignaciones que provengan de organismos públicos nacionales o internacionales, de conformidad con la Constitución de la República y la ley.
     Es decir, que los Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas, deben recibir una partida presupuestaria para cumplir con las asignaciones pautadas, sin que este presupuesto sea en detrimento de las asignaciones para otras partidas provenientes de los organismos públicos sean estos nacionales o internacionales.
     Para terminar, es importante reunirse como consejo; por lo cual se establecen reuniones una vez al mes a parte de las reuniones extraordinarias, de manera que, se modifica el artículo 23, el cual pasa a ser el artículo 24, de la forma siguiente:

ARTÍCULO 24, (de las reuniones) El Consejo Local de Planificación Pública deberá reunirse por lo menos una vez al mes, sin menoscabo de las reuniones extraordinarias que amerite realizar, de acuerdo con las necesidades del municipio. La convocatoria será promovida por el Presidente o Presidenta para las reuniones ordinarias con cinco días hábiles de antelación y para las extraordinarias con veinticuatro horas de antelación”.
     Ahora bien, al ser la educación el medio más adecuado para garantizar el ejercicio de la ciudadanía esta debe ser crítica, por lo cual resulta indispensable para la constitución de sociedades que esta educación sea lo más avanzada, dinámica y justa para todos; pero esa preocupación por ofrecer una educación capaz de responder a necesidades que cambian con el tiempo y además estar a la par de las demandas que plantean los individuos y la sociedad no es nueva.
      Finalmente, debe existir un marco legal que proteja a quienes hemos depositado históricamente las esperanzas de progreso y de desarrollo en la educación, ya que la idea de la educación como un instrumento de mejora de la condición humana y de la vida en sociedad ha sido y seguirá siendo una constante.






BIBLIOGRAFIA

Correia Pires Liliana y Peña Guzmán Pedro Enrique. (2014). El Sistema Nacional de Planificación 
     en Venezuela y el Diseño de Planes   Estratégicos.  Recuperado de: 
Gaceta Oficial N° 5.963. (2010). Ley orgánica del Consejo Federal de Gobierno. Recuperado de:
     ley_orgánica_del_consejo_federal_de_gobierno_ Gaceta%200Oficial.Pdf.
 Gaceta oficial nº 39.604 (2011). Ley orgánica de creación de la comisión central de 
    planificación. Recuperado de: Comisión central de planificación. Pdf.
Gaceta Oficial N° 39.416. (2010). Reglamento de la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno.
      Recuperado de:   ley_orgánica_del_consejo_federal_de_gobierno_ Gaceta%200Oficial.Pdf.
Morales Alexander. (2011).  Propuesta de un plan estratégico gerencial en la  planificación 
     educativa dirigida a los directores de la escuela básica recibido.   


EDUCACIÓN A DISTANCIA

La educación es un ornamento en la prosperidad y un refugio en la adversidad.                                                           ...